Barcelona: Multa a un conductor de bus que insultó a otro por trabajar
Escrito por RRHH Digital | El Periódico el Domingo, 6 de Abril del 2008 a las 5:00 am, 145 lecturas
Un conductor de bus y dirigente del sindicato ACTUB, que promueve la huelga de autobuses de Transportes Metropolitanos de Barcelona (TMB) junto a CGT, ha sido condenado por el Juzgado de Instrucción número 23 de Barcelona como autor de "una falta de … Leer.
Categoria: Barcelona, Cataluña
- Añadir este post a
- Del.icio.us -
- Meneame -
- Digg -
- -
Print This Post
No hay comentarios
a “Barcelona: Multa a un conductor de bus que insultó a otro por trabajar”
Artículo 16 de la ley LSSICE (LEY 34/2002): Los prestadores de un servicio de intermediación consistente en albergar datos proporcionados por el destinatario de este servicio NO SERÁN RESPONSABLES por la información almacenada a petición del destinatario, siempre que: a) No tengan conocimiento efectivo de que la actividad o la información almacenada es llícita o de que lesiona bienes o derechos de un tercero susceptibles de indemnización, o b) Si lo tienen, actúen con diligencia para retirar los datos o hacer imposible el acceso a ellos. Se entenderá que el prestador de servicios tiene el conocimiento efectivo a que se refiere el párrafo a) cuando un órgano competente haya declarado la ilicitud de los datos, ordenado su retirada o que se imposibilite el acceso a los mismos, o se hubiera declarado la existencia de la lesión, y el prestador conociera la correspondiente resolución, sin perjuicio de los procedimientos de detección y retirada de contenidos que los prestadores apliquen en virtud de acuerdos voluntarios y de otros medios de conocimiento efectivo que pudieran establecerse.
