Empresuchas

Mariano Campos (UGT) califica la muerte ayer de un trabajador de “homicidio casi voluntario”

Escrito por RRHHDigital - Portada el Viernes, 22 de Agosto del 2008 a las 12:15 am, 141 lecturas

La concentración en protesta por la muerte del empleado de 20 años fallecido el miércoles al caer del techo de una nave convocó ayer a unas 50 personas frente al edificio nuevo de los sindicatos, que cortaron el tráfico durante unos minutos y portaron pancartas contra la siniestrabilidad laboral.

En declaraciones a los periodistas, el secretario general de la UGT en Granada -sindicato convocante de la concentración junto con CCOO-, Mariano Campos, ha calificado de "homicidio casi voluntario" la muerte del joven trabajador, al considerar "una ausencia clamorosa" de las medidas de seguridad adoptadas, así como otras irregularidades en las que supuestamente incurrió la empresa subcontratada.

El acto de protesta por el fallecimiento de Mario Martín, quien instalaba unas placas solares en el tejado de una nave del Polígono Juncaril de Albolote cuando se precipitó al interior de la misma tras ceder una loseta,  supuso el corte del tráfico de la Avenida de Andalucía durante unos minutos.

Allí, los cerca del medio centenar de manifestantes mostraron su repulsa por las muertes laborales y han querido recordar al joven empleado guardando cinco minutos de silencio y portando pancartas con lemas como "No más muertes en el trabajo" o "Granada contra los accidentes laborales".

Al finalizar de la concentración, Campos recordó que UGT tiene previsto personarse como acusación particular contra la empresa subcontratada para la que trabajaba el fallecido, en caso de que se confirmen las irregularidades detectadas por los técnicos del sindicato.


Categoria: Accidentes laborales, ABC-Empresas


No hay comentarios a “Mariano Campos (UGT) califica la muerte ayer de un trabajador de “homicidio casi voluntario””

Leave a Reply

XHTML: You can use these tags: <a href="" title=""> <abbr title=""> <acronym title=""> <b> <blockquote cite=""> <code> <em> <i> <strike> <strong>

Normas:
Artículo 16 de la ley LSSICE (LEY 34/2002): Los prestadores de un servicio de intermediación consistente en albergar datos proporcionados por el destinatario de este servicio NO SERÁN RESPONSABLES por la información almacenada a petición del destinatario, siempre que: a) No tengan conocimiento efectivo de que la actividad o la información almacenada es llícita o de que lesiona bienes o derechos de un tercero susceptibles de indemnización, o b) Si lo tienen, actúen con diligencia para retirar los datos o hacer imposible el acceso a ellos. Se entenderá que el prestador de servicios tiene el conocimiento efectivo a que se refiere el párrafo a) cuando un órgano competente haya declarado la ilicitud de los datos, ordenado su retirada o que se imposibilite el acceso a los mismos, o se hubiera declarado la existencia de la lesión, y el prestador conociera la correspondiente resolución, sin perjuicio de los procedimientos de detección y retirada de contenidos que los prestadores apliquen en virtud de acuerdos voluntarios y de otros medios de conocimiento efectivo que pudieran establecerse.

Páginas relacionadas

Blogalaxia
  • Comentarios Recientes:

    • ALFONSO JATIVA GOMEZ: TANTO LA GENTE BUENA…, como la mala, fluyen en grupos (o paquetes)…, aunque Ud. no lo crea!, …,...
    • ALFONSO JATIVA GOMEZ: SER UN MEJOR SUJETO NO ES FACIL! .., ni feliz mejorar el rumbo!…, hacia mejores...
    • ALFONSO JATIVA GOMEZ: SER UN MEJOR SUJETO NO ES FACIL! .., ni feliz mejorar el rumbo!…, hacia mejores...
    • Lafddil:
    • ALFONSO JATIVA GOMEZ: AUNQUE LOS FETICHES, SON FETICHES!. …, y todos sabemos de que están hechos. … Sin embargo, la...
  • Recientes Trackbacks: